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Corrupción

El ex intendente de Campo Quijano, fue condenado a seis años de prisión

Manuel Cornejo fue hallado responsable de tres hechos de peculado y de incumplimiento de funcionario público. Fue sentenciado a seis años de prisión de cumplimiento efectivo, una vez que la condena esté firme.

El ex intendente de Campo Quijano, fue condenado a seis años de prisión

El exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo fue condenado a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos; y Carmen Méndez a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.

El juez Guillermo Pereyra dispuso que Cornejo mantenga la libertad hasta tanto la condena se encuentre firme, aunque ordenó se mantengan las medidas con las que llegó a juicio.

Los condenados llegaron al juicio acusados por el Ministerio Público Fiscal de los delitos de peculado (4 hechos) y de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real, en el caso de Cornejo; y de peculado y de incumplimiento de los deberes de funcionario público en el de Méndez.

En su sentencia, el Tribunal absolvió a Cornejo de un hecho de peculado y del delito de enriquecimiento ilícito y lo condenó en el resto de los delitos de los que fue acusado. Además, ordenó que los elementos secuestrados sean restituidos a la Municipalidad de Campo Quijano.

A lo largo de los diez días que duró la audiencia debate, la fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, presentó todas las pruebas que permitieron demostrar la responsabilidad de los acusados en los hechos. Durante su alegato, la Fiscalía había solicitado seis años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos para el exmandatario y tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo para Méndez.

Previo a la condena, el juez Pereyra ofreció a Cornejo y a Méndez la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras. Ambos acusados optaron por no hacer uso de ese derecho.

Fuente: MPF



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