SALTA

Arrasaron con todo

Desmontaron ilegalmente 11 mil hectáreas en Tartagal: la justicia les ordena reforestar

El grupo agropecuario Karlen en una mediación judicial, se había comprometido a resembrar especies vegetales arrasadas, ante el incumplimiento, la justicia emitió un nuevo fallo en su contra

Desmontaron ilegalmente 11 mil hectáreas en Tartagal: la justicia les ordena reforestar

El Juzgado de Primera Instancia de Tartagal rechazó un recurso de apelación interpuesto por la empresa agropecuaria Karlen y ordenó dar estricto cumplimiento al Plan de ejecución de Recomposición Ambiental, luego de que esa grupo desmontara ilegalmente 11 mi hectáreas en Tartagal, una superficie equivalente a la mitad de la superficie de la Ciudad de Buenos Aires.

En agosto de 2021, el apoderado letrado de los propietarios de las actuales matrículas Nº 30746 y 30747 del Departamento San Martín, había interpuesto un Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio, esgrimiendo que vulneraba el principio de bilateralidad, igualdad procesal y defensa técnica a su parte, por la sanción judicial que se les imponía debido al incumplimiento de las obligaciones a su cargo.

Previamente la fiscal Civil, Comercial y Laboral de Tartagal, Rosa Vélez Román,había impuesto astreintes (multas procesales diarias) para que los propietarios Karlen agilicen sus obligaciones y la Jueza resolvió imponérselas. La cifra acumulada hasta agosto del año pasado ya era millonaria.

La causa judicial: una sentencia ejemplar

En los primeros meses de año 2013, funcionarios de la oficina de Fiscalización y Control de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Salta detectaron tareas de desmonte en más de 11.000 hectáreas, en las alrededor de 16.000 de propiedad de Juan José Karlen y Daniel Darío Karlen. El organismo de aplicación ordenó la paralización y cese de las tareas, que se estaban realizando o pudieran realizarse.

En octubre de 2015, la jueza Azucena Vázquez de la Sala II del Tribunal de Juicio, dictó una condena inédita en materia jurídica ambiental en el país en materia de incumplimientos de órdenes judiciales contra los desmontes, a uno de los demandados del grupo Karles.

En 2018, tras una larga y compleja conciliación entre el grupo Karlen y la Procuración General -auxiliada por profesionales convocados de Bosques nación y provincia, el CIF, el I.N.T.A., la U.N.Sa.- los productores agropecuarios firmaron un acuerdo por el que cedieron sus pretensiones de explotación intensiva sobre las 11 mil hectáreas  y convinieron con la Procuración General un plan de recomposición ambiental que abarcaría toda la finca y se extendería en el tiempo por 30 años. 

Aquella sentencia manda al grupo agropecuario establecer y mantener un vivero con un stock permanente de 120 mil ejemplares por temporada de reforestación, los que servirían para recomponer a buen ritmo el bosque arrasado. Se calculó la plantación de entre 200 a 245 árboles nativos por cada hectárea utilizando como reflejo los bosques en mejores condiciones de la zona. También deben realizar una importante inversión en materia social, la que incluye contratar a miembros de comunidades aborígenes y criollos en blanco para las tareas de cuidado, recolección de semillas, armado de plantines y resiembra. Esto incluye su capacitación permanente.

Asimismo se estableció que, en caso de violar el acuerdo, la finca quedaría afectada hasta su total recomposición natural como área protegida privada.

El futuro de la causa

Con la decisión de ayer del Juzgado dando razón al planteo de la Fiscal Civil de Tartagal, resulta confirmado el prolongado y sostenido reclamo de que es responsabilidad de los propietarios Karlen que no se avance en las tareas de gestión ambiental, de inserción social comunitaria y de inclusión de los ocupantes que han sido comprometidas.

Se espera que con esta nueva resolución se pueda avanzar con las medidas sancionatorias y ejecutorias que corresponda requerir y deba tomar el Juzgado para dar cumplimiento efectivo a la ejecución de sentencia homologatoria, sufragando además las sanciones económicas por la demora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el acuerdo firmado.



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