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Domingo 17

Con la cautelar revocada, Boca finalmente tendrá elecciones este domingo

En contra del deseo de Macri, quien impulsó una medida cautelar que presentó la jueza Abrevaya, Boca finalmente tendrá sus elecciones este domingo.

Con la cautelar revocada, Boca finalmente tendrá elecciones este domingo

El pedido realizado por Andrés Ibarra y Mauricio Macri, lo dio lugar el titular del juzgado Civil 11 de Ciudad de Buenos Aires, Alejandra Abrevaya, a fines de un intento de arrebatarle la condeucción del club a Juan Román Riquelme. 

''Si permitimos que estos señores vuelvan al club , lo van a privatizar y no se vota nunca más'', aseguraron los hinchas en un banderazo multitudinario frente a La Bombonera, en reclamo a la intervención judicial en las elecciónes del club hace unos días. Finalmente, en contra del deseo de Macri, Boca tendrá sus elecciones este domingo.

En tanto, el parte del fallo que dio a conocer la Justicia describe que: “En el caso, las dos partes sostienen una postura con arreglo a distintos pasajes del Estatuto de la asociación civil y del Reglamento para la Inscripción de Socios del Club Atlético Boca Juniors. Es decir, presentan una cuestión que exige al Tribunal analizar si la interpretación que propone la parte actora puede justificarse en forma suficiente en autos y da pábulo al dictado de una medida como la solicitada que, como ha quedado expuesto, tiene carácter restrictivo”.

Luego agrega que: “Sólo un proceso de conocimiento resulta el ámbito adecuado para ventilar las particulares cuestiones planteadas por la actora y concluir que han existido las irregularidades denunciadas. En este sentido, no resulta prudente mantener una medida como la dictada sin que se acredite la configuración suficiente de los requisitos que la hacen viable”.

Consecuentemente, suma: “Lo expuesto implica que la alternativa procesal elegida por la parte actora para presentar su reclamo de ninguna manera constituye el marco idóneo para excluir a una masa de aproximadamente 13000 personas incluidas en el padrón que -es relevante destacar- no han sido oídas”.

Finalmente, el documento de la resolución de la Cámara concluye: “Sobre el punto, con relación a estos sujetos, no se ha pedido que deban retornar al status previo a ser pasados a la categoría de activos, es decir, no se cuestiona concretamente su calidad de socios. Esto, en el contexto de la medida solicitada, torna poco plausible el cercenamiento de los derechos que emanan de su calidad de socios por la vía elegida. puntualmente el derecho a voto”.



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